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martes, 20 de noviembre de 2012

Unidad 2 Clases de empresas



Unidad 2 Clases de empresas


1- Las sociedades de responsabilidad limitada
Deben ser constituidas por un mínimo de 3 socios
Debe poseer un capital máximo de 500.000 Ptas.
Los socios no responden personalmente de las deudas sociales
Poseen un capital dividido en acciones
2- En las sociedades de responsabilidad limitada, los socios responden de las deudas:
Con la mitad de su aportación a la sociedad
Bancarias, solamente
Hasta un importe igual al valor de su participación en la sociedad
Con todo su patrimonio embargable
3 -Los títulos representativos del capital social de una sociedad limitada se denominan:
Acciones
Participaciones
Bonos
Obligaciones
4-Las sociedades anónimas laborales deben tener un capital al constituirse de:
El necesario para los primeros gastos
5 millones de pesetas
Mínimo de 10 millones de pesetas
Máximo de 10 millones de pesetas
5- ¿Qué son las "acciones" en las sociedades anónimas?
Son las partes alícuotas en que se divide el capital
Las obras que se realizan a lo largo del año
Representan las decisiones que toma el equipo directivo
Son los beneficios distribuidos a los socios
 6- En el momento de constituir una sociedad anónima, el capital social escriturado:
Ha de estar totalmente suscrito y totalmente desembolsado
Ha de estar totalmente suscrito, pero puede estar parcialmente desembolsado
Puede estar parcialmente suscrito y parcialmente desembolsado
Ha de estar parcialmente suscrito y totalmente desembolsado
7- En la empresa individual, desde el punto de vista jurídico de la responsabilidad del empresario frente a terceros:
El empresario nunca responde de sus deudas frente a terceros
Ni el patrimonio de la empresa ni el del propietario están vinculados a la responsabilidad del empresario
El patrimonio de la empresa aparece claramente diferenciado del patrimonio del propietario
Los patrimonios de la empresa y del empresario se confunden y constituyen una unidad 8- La principal característica de la sociedad comanditaria es:
El derecho de todos sus socios a participar en la gestión de la sociedad
El capital mínimo para su constitución es de10.000 euros
La existencia de dos tipos de socios con derechos y obligaciones diferentes
La limitación de la responsabilidad de sus socios
9- Las sociedades personalistas pueden ser:
Limitadas o anónimas
Colectivas o comanditarias
Individuales o limitadas
Laborales o colectivas
10 -Una empresa individual es:
Una empresa con personalidad jurídica propia con la propiedad dividida en acciones
Una empresa propiedad de una sola persona que recibe todos los beneficios y soporta todos los riesgos
Un tipo de sociedad anónima formada por un único socio
Una asociación voluntaria de dos o más personas con la intención de llevar una empresa

1- Clasifica en un cuadro las siguientes empresas, según  al sector que pertenecen, su tamaño.
 Empresa             Sector                       Tamaño           Titularidad            Ámbito
Zara                     secundario                grande              privada               multinacional
Taller de coches   secundario               pequeña            privada                local
A.desarrollo local terciario                  pequeña             publica                 local
Floristería Pétalo   primaria                  microempresa  privada                  regional
Adidas                   secundario              grande              privada                  multinacional
Endesa                  secundario               grande              mixta                     nacional
BBVA                terciario                    grande                privada                 multinacional
Ferretería Rodríguez terciario               microempresa    privada                local
Pesquera Gallega primario              mediana             privada               nacional     
                                Secundario             
Ferrovial             Secundario               grande                privada                multinacional
RTVE                  terciario                    grande               Pública               multinacional

2- ¿Qué es el Registro Mercantil y cual es su función?
El Registro Mercantil es una institución a través de la cual, y en virtud de la ley, se da publicidad a ciertos actos de las sociedades mercantiles o empresarios individuales, que deben ser conocidos o puestos a disposición de la comunidad. La organización del Registro Mercantil está integrada por los Registro Mercantiles territoriales y el Registro Mercantil Central, todos ellos dependen del Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

3-Las sociedades pueden ser personalistas o capitalistas explica la diferencias.
Las empresas personalistas son aquellas en las que la gestión corresponde a los socios y,
por tanto, son más importantes las características personales de cada uno de los socios
que el capital en sí. Dentro de las sociedades personalistas se encuentran la sociedad
colectiva y la sociedad comanditaria simple.
En las sociedades capitalistas es más importante la aportación de capital que las
características personales de los socios. En estas empresas la gestión no tiene por qué
recaer en los socios, ya que se puede contratar a un profesional para ello. Dentro de este
grupo se encuentran la sociedad comanditaria simple, la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad laboral. En todas ellas la responsabilidad de los socios está limitada al capital que aportan a la sociedad.

4- Un grupo de economista esta pensando en construir un gabinete de asesoramiento financiero, al que aportaran su capital y su trabajo profesional. Como confía que les ira bien, y dada su confianza que existe entre ellos no les preocupa demasiado la responsabilidad que puedan asumir.

a) ¿Qué forma jurídica podría convenirle?
Sociedad cooperativa.
B) ¿Qué deben saber sobre la responsabilidad que asumirán y sobre la forma de gestionar el gabinete?
En cuanto a la responsabilidad de éstos se entiende que responderán personal y solidariamente entre sí por las deudas de la agrupación y siendo subsidiaria de la personal. Deberá inscribirse en el Registro Mercantil.
Su régimen fiscal se somete a las normas generales de la imposición sobre sociedades, transmisiones patrimoniales, etc. Los socios tienen la obligación de llevar una contabilidad diferenciada entre su sociedad y las acciones que realicen con la agrupación a la que pertenecen.
c) ¿Qué otros requisitos debe saber de la formula adoptada para construir la empresa? Capital variable.
Libre adhesión y baja voluntaria de los socios.
Estructura y gestión democrática. Con igualdad de derechos entre los socios.
Pueden desarrollar cualquier actividad.
Pueden desarrollar, cuando la Ley lo permita, actividades con terceros.
Limitación de los intereses que los socios pueden percibir por sus aportaciones al capital, una vez atendidas las necesidades de la cooperativa.

5- Cuatro socios, muy conocidos profesionalmente, van a constituir una sociedad a la que aportaran el escaso capital del que disponen t su trabajo profesional, También se encargaran de compartir la gestión de la empresa. Pero como no tienen capital suficiente para iniciar el negocio, deciden que participe un quinto socio que solo aportara el capital que necesitan.
a) ¿qué sociedad les conviene formar?
Sociedad comanditaria
b) ¿Qué tipos de socios distingues en esta sociedad?
Los socios colectivos y los socios comanditarios.

c) Asesórales sobre las responsabilidades que deberán asumir y sobre la participación de cada socio de la gestión.
 Los socios colectivos, que intervienen directamente en la gestión de la sociedad y responden de forma personal, solidaria e ilimitada frente a las deudas sociales.

Los socios comanditarios, que realizan una aportación económica a la sociedad y participan únicamente de los resultados económicos, sin intervenir en la gestión de la empresa. Por tanto, tienen una responsabilidad ante terceros limitada a su aportación.


d) ¿Qué otros requisitos de la forma de empresa adoptada debe conocer?
Para su constitución, es necesaria la escritura pública de constitución y la inscripción en el Registro Mercantil. No hay capital mínimo a aportar ni número máximo de socios (aunque el mínimo es de dos).

6- Andrés y Sara cuentan con 30.000 € entre los dos y quieren montar un hotel de turismo rural, pero no desean correr el riego de perder más que si aportación al negocio, por lo que están pensando formar una sociedad limitada.
a) ¿Es la forma adecuada de acuerdo con su capital y sus exigencias?
Si.
b) ¿Qué características deben conocer del tipo de sociedad elegido?

El número de socios para su constitución es de uno o más. Cuando están formadas por un solo socio se llaman sociedades unipersonales. En este caso, el socio puede ser una persona física o jurídica. También puede suceder que la sociedad hubiese sido constituida  por dos o más socios y que sus participaciones hubieran pasado a ser propiedad de uno sólo.
La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, es decir, sólo responden de las deudas por el capital invertido.
El capital social está dividido en participaciones. Las participaciones son partes iguales acumulables e indivisibles del capital de una sociedad de responsabilidad limitada, que no pueden incorporarse a títulos negociables; su transmisión está restringida (no es libre) ni pueden denominarse acciones. Esto quiere decir que las participaciones tienen un carácter abstracto, que no se pueden documentar ni negociar ni son transferibles libremente. El capital mínimo debe ser de 3.005,06 € y, en el momento de constitución de la sociedad, debe estar totalmente suscrito y desembolsado, es decir, se trata de una fundación simultánea, por lo que no se admiten dividendos pasivos (partes pendientes de pago). Este capital puede ser en metálico, bienes o derechos.
La razón social debe estar formada por el nombre seguido de “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Sociedad Limitada”, o las siglas “S.R.L.” o “S.L.”.
Para la transmisión de las participaciones sociales se debe comunicar a los administradores la intención de traspaso, el número de participaciones que se quiere enajenar, la identidad del adquirente y el precio pactado; si los socios restantes quieren adquirirlas tienen derecho preferente. Esta transmisión se ha de realizar en documento público.
Esta sociedad tributa por el Impuesto de Sociedades.

C) Como se trata de una nueva empresa, se pueden acoger a la modalidad de sociedad limitada nueva empresa. ¿Qué ventajas podrían obtener con ello?
Posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha por medios telemáticos, evitando desplazamientos al emprendedor y un ahorro sustancial de tiempos y costes, mediante el Documento Único Electrónico (DUE).
Posibilidad de constitución por el procedimiento presencial, con los mismos tiempos de respuesta de notarios y registradores (48 horas), siempre que se opte por la utilización de unos estatutos sociales orientativos.
El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales sin necesidad de modificar los estatutos de la sociedad, si bien se da opción a los socios de establecer, además, una actividad singular.
Utilización de una denominación social especial que incorpora un código alfa-numérico (ID-CIRCE) lo que permite su obtención en 24 horas.
No es obligatoria la llevanza del libro registro de socios porque el reducido número de socios no lo hace necesario.
Medidas fiscales para ayudar a superar los primeros años de actividad empresarial.
Importantes facilidades para continuar su actividad como sociedad de responsabilidad limitada.

7- Comenta las semejanzas y las diferencias entre la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada.

Sociedad Anónima
El capital está divido en acciones
El capital mínimo es de 60.101,21 €
El capital debe estar desembolsado, al menos, en un 25% por acción, aunque íntegramente suscrito
Pueden emitir obligaciones y/u otros valores negociables
Las acciones pueden cotizar en mercados secundarios organizados.
Requieren informe de valoración por parte de experto independiente
El capital está dividido en acciones que pueden transmitirse libremente y que proporcionan a los accionistas diversos derechos (a participar en el reparto de beneficios, derecho preferente de suscripción en la emisión de nuevas acciones, asistencia y voto en las juntas, etc.). Este tipo de sociedad es el que mejor se adapta a las necesidades de las grandes empresas.

Sociedad Limitada

El capital está divido en participaciones
El capital mínimo es de 3.005,06 €
El capital debe estar íntegramente desembolsado
No pueden emitir obligaciones y/u otros valores negociables.
Las participaciones no pueden cotizar en mercados secundarios organizados.
No requieren informe de valoración por parte de experto independiente.
El número de socios es ilimitado y su responsabilidad se limita al capital que aporta, por ello en caso de quiebra el socio sólo pierde el capital que ha aportado. La transmisión de participaciones es libre entre los socios, pero si pasan a terceras personas la transmisión está sometida a las limitaciones que fijan los estatutos de la empresa o la ley.
Este tipo de empresas es común en las empresas medias o de tipo medio, siendo bastante frecuente en los negocios de carácter familiar.


8- ¿Qué diferencia a las sociedades de interés social del resto de sociedades?

El capital social mínimo será el fijado en los estatutos y estará dividido en aportaciones nominativas de los socios.
No tienen ánimo de lucro. Los beneficios (llamados excedentes) suelen reinvertirse en la empresa y, por ley, una parte debe destinarse a la creación de un fondo de reserva para garantizar el desarrollo de la cooperativa, y de un fondo de educación y promoción para la formación de los socios y la promoción del entorno local.

9- En relación con las sociedades cooperativas responde:
a) ¿Cuál es su objetivo?
Las cooperativas son sociedades constituidas por personas que tienen intereses o necesidades comunes y que se asocian para realizar una actividad empresarial dirigida a satisfacerlas. Se inspiran en principios de funcionamiento democráticos y no tienen ánimo de lucro. Los cooperativistas aportan capital y trabajo y su responsabilidad queda limitada al capital aportado.

b) Señala sus principales características.
Sus principales características son:
  • Se basan en la solidaridad entre los socios y en el principio democrático de “una persona un voto”, con independencia de lo que haya aportado cada uno.
  • Los socios aportan capital y trabajo y su responsabilidad por las deudas sociales estará limitada al capital aportado.
  • El capital social mínimo será el fijado en los estatutos y estará dividido en aportaciones nominativas de los socios.
  • No tienen ánimo de lucro. Los beneficios (llamados excedentes) suelen reinvertirse en la empresa y, por ley, una parte debe destinarse a la creación de un fondo de reserva para garantizar el desarrollo de la cooperativa, y de un fondo de educación y promoción para la formación de los socios y la promoción del entorno local.
  • En su denominación, junto con el nombre deberá figurar “Sociedad Cooperativa” más la comunidad autónoma donde se ubique. Por ejemplo: Sociedad Cooperativa Andaluza.
  • Tributan por el Impuesto de Sociedades, pero con bonificaciones fiscales.


c) ¿Cuales son sus órganos principales de gobierno?

Los órganos de gobierno de la sociedad cooperativa son:
  • La asamblea general. Es la reunión de todos los socios, en la que, como órgano máximo de gobierno, se examina la gestión social, se aprueban las cuentas anuales y se decide sobre los resultados.
  • El consejo rector. Es el órgano de gestión y representación de la sociedad.
  • Los interventores. Vigilan y controlan las cuentas anuales de la cooperativa.

d) Principales ventajas e inconvenientes.

Ventajas:
- No necesita un capital mínimo para su constitución, sino el preciso para la puesta en marcha.
- Los socios pueden incorporarse o darse de baja voluntariamente.
- Todos los socios participan en los órganos de la sociedad con los mismos derechos.
(Gestión democrática).
- Su objetivo principal es el bien común de los trabajadores y no el beneficio económico.
- Es obligatorio destinar anualmente un porcentaje de los beneficios obtenidos al Fondo de Reserva, para garantizar el futuro de la sociedad, y al Fondo de Reserva de Educación y Promoción, para facilitar la formación de los trabajadores.
- Permite la capitalización por desempleo.
- Tienen bonificaciones y exenciones fiscales en el I.T.P. y A.J.D., I.A.E., y en el Impuesto de Sociedades, dependiendo de su calificación como Cooperativas protegidas o especialmente protegidas.
- Puede acceder a una normativa especialmente favorable de ayudas (fomento de la economía social).

Inconvenientes:
- Hay que tener en cuenta que la gestión democrática aún siendo una de las ventajas básicas de las cooperativas, si es mal entendida por algunos socios (discusiones por el poder, creerse jefe y faltar a sus obligaciones de trabajador...) puede traer problemas de organización y funcionamiento a la Cooperativa, con lo que este concepto fundamental de funcionamiento democrático habrá que tratarle y dejarle claro desde el principio para evitar futuros problemas.
- En las sociedades cooperativas de trabajo asociado el numero de horas/año realizadas por trabajadores con contrato por cuenta ajena, no podrá ser superior al 30% del total de horas/año realizadas por los socios trabajadores (existen excepciones comentadas en la
Ley de Cooperativas).

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